Eficiencia tributaria en Colombia: lo que la ley permite y casi nadie aprovecha
A&A Group · 24/09/2026
Hay una diferencia grande entre declarar bien y pagar lo que corresponde. Lo primero lo resuelve un contador en agosto. Lo segundo se decide durante todo el año anterior, y ahí es donde la mayoría deja dinero sobre la mesa.
Primero, lo básico: ¿está obligado a declarar?
La obligación de declarar renta como persona natural se mide en UVT, la unidad que la DIAN actualiza cada año. Para 2026 la UVT quedó en $52.374, fijada por la Resolución DIAN 000238 del 15 de diciembre de 2025, un 5,17 % por encima del valor de 2025.
Por el año gravable 2025, en términos generales debe declarar quien haya tenido ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT —alrededor de $69,7 millones— o un patrimonio bruto superior a 4.500 UVT, cerca de $224 millones. Hay otros criterios asociados a consumos con tarjeta, compras y consignaciones que conviene revisar caso por caso.
Dónde está la oportunidad real
El sistema cedular colombiano permite descontar de la base gravable una serie de conceptos, con un límite general que el Estatuto Tributario fija como un porcentaje de la renta líquida y un tope en UVT. Los conceptos que con más frecuencia quedan sin usar:
- Aportes voluntarios a pensión obligatoria y a fondos de pensiones voluntarias. Es la herramienta más potente y la peor aprovechada, porque exige decidir antes del cierre del año.
- Cuentas AFC (Ahorro para el Fomento de la Construcción), con condiciones de permanencia y destinación específicas.
- Intereses de crédito de vivienda, con tope anual.
- Medicina prepagada y dependientes económicos.
- Retenciones y anticipos mal aplicados durante el año, que después hay que recuperar en la declaración.
El punto crítico es el calendario. La mayoría de estos beneficios exige que la decisión se tome durante el año gravable. En agosto del año siguiente ya no hay nada que estructurar: solo queda declarar lo que pasó.
Para empresas: tres palancas que se subutilizan
Flexibilización salarial
Reorganizar la estructura de la compensación dentro de lo que permite la norma laboral puede mejorar el ingreso disponible del colaborador sin aumentar el costo de la compañía. Requiere diseño cuidadoso: mal hecho, genera contingencias laborales y fiscales.
Acuerdos societarios
Qué pasa con la participación de un socio si fallece o sale de la sociedad. Sin un acuerdo y sin un mecanismo de fondeo, la continuidad del negocio queda expuesta en el peor momento posible.
Esquemas de beneficios
Planes de bienestar, seguros colectivos y aportes patronales que, bien estructurados, son más eficientes que un aumento nominal equivalente.
La línea que no se cruza
Planeación fiscal es usar los beneficios, deducciones y vehículos que la norma colombiana contempla expresamente, con soporte documental y sustancia económica real. Cualquier esquema que no resista una fiscalización de la DIAN no es planeación: es un riesgo contingente que alguien va a tener que pagar, con intereses y sanción.
Nuestro rol es estructurar; el de su contador o revisor fiscal es declarar. Los dos trabajos son distintos y se complementan.
¿Está aprovechando lo que la ley ya le permite? El Diagnóstico 360° incluye una revisión de su estructura de ingresos y de su última declaración para identificar las oportunidades que quedaron sin usar, y el calendario para no repetirlo el año que viene.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el valor de la UVT en 2026?
$52.374, fijado por la Resolución DIAN 000238 del 15 de diciembre de 2025. Representa un aumento del 5,17 % frente a la UVT de 2025, que fue de $49.799.
¿Quién debe declarar renta en Colombia?
En términos generales, por el año gravable 2025 debe declarar quien haya tenido ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT (cerca de $69,7 millones) o un patrimonio bruto superior a 4.500 UVT (unos $224 millones), además de otros criterios por consumos, compras y consignaciones.
¿Cuándo se hace la planeación tributaria?
Durante el año gravable, no en la temporada de declaración. La mayoría de los beneficios (aportes voluntarios, cuentas AFC) exige que la decisión y el movimiento de dinero ocurran antes del cierre del año.
¿Esto es elusión de impuestos?
No. Es usar los beneficios, deducciones y vehículos que el Estatuto Tributario contempla expresamente, con soporte y sustancia económica. Ningún esquema que no resista una fiscalización de la DIAN forma parte de una planeación seria.
¿Trabajan con mi contador?
Sí. La estructuración financiera y la preparación de la declaración son trabajos distintos y complementarios. Trabajamos junto a su contador o revisor fiscal.
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