Saltar al contenido
Retiro y pensión

Reforma pensional en Colombia: qué cambia el 1 de abril de 2027 y quién queda protegido

A&A Group · 24/09/2026

Después de dos años de trámite, demandas y una suspensión de por medio, la reforma pensional colombiana tiene fecha: 1 de abril de 2027. Y tiene una frontera clara entre quienes seguirán con las reglas de siempre y quienes entrarán al modelo nuevo.

Dónde está hoy la reforma

La Ley 2381 de 2024 iba a entrar en vigencia el 1 de julio de 2025. No ocurrió: la Corte Constitucional la suspendió mediante el Auto 841 de 2025 por presuntos vicios en el trámite de votación en la Cámara de Representantes.

En septiembre de 2026 la Corte resolvió el fondo del asunto con la sentencia C-264 de 2026. Declaró exequible la mayor parte de la ley, devolvió nueve artículos al Congreso para que subsane el procedimiento, y difirió la entrada en vigencia al 1 de abril de 2027.

Es importante entender el alcance de esa decisión: la Corte se pronunció sobre cómo se tramitó la ley, no sobre si su contenido es conveniente. Las demandas de fondo se estudiarán después. Esto significa que la estructura del sistema puede seguir discutiéndose, pero la fecha de abril de 2027 es la referencia con la que hay que planear hoy.

El modelo de cuatro pilares

La estructura central que quedó en firme organiza el sistema en cuatro pilares:

  • Pilar solidario. Una renta básica para personas mayores en condición de pobreza extrema que no alcanzaron a pensionarse.
  • Pilar semicontributivo. Para quienes cotizaron pero no reunieron los requisitos de pensión; convierte esos aportes en una renta vitalicia.
  • Pilar contributivo. El corazón del cambio. Todos los trabajadores cotizan a Colpensiones hasta un umbral de 2,3 salarios mínimos, y lo que exceda ese monto va a un componente complementario de ahorro individual en un fondo privado.
  • Pilar de ahorro voluntario. El ahorro adicional por encima de la cotización obligatoria.

El cambio de fondo es ese umbral. Hoy el afiliado elige entre régimen público y privado; bajo el modelo nuevo no elige: cotiza en los dos, repartido por tramos de ingreso.

Quién queda en el régimen de transición

Esta es la pregunta que más importa, y la respuesta es concreta. Al momento de entrada en vigencia quedan cubiertas por las reglas actuales:

  • Mujeres con 750 semanas cotizadas o más.
  • Hombres con 900 semanas cotizadas o más.

Quien esté por debajo de ese umbral entra al modelo nuevo. Y quien esté cerca —a cincuenta o cien semanas de alcanzarlo— tiene una ventana de tiempo, hasta abril de 2027, en la que las decisiones sobre cotización pueden cambiar materialmente su situación futura.

Qué revisar ahora, sin esperar a 2027

Hay tres cosas que conviene hacer con independencia de cómo termine el debate legislativo:

1. Verificar la historia laboral

Es sorprendentemente común encontrar semanas no reportadas, empleadores que no cotizaron o períodos mal registrados. Corregir eso toma meses y depende de trámites con terceros. Si alguien está cerca del umbral de transición, unas semanas mal contabilizadas deciden de qué lado queda.

2. Calcular la brecha real

Una cosa es la pensión que la persona espera y otra la que el sistema le va a liquidar. La diferencia entre ambas —la brecha pensional— es lo que hay que cubrir con ahorro propio, y no se puede dimensionar sin hacer el cálculo.

3. No tomar decisiones irreversibles sin análisis

El traslado de régimen es la decisión más costosa de equivocar en toda la vida laboral de una persona, y en muchos casos no tiene marcha atrás. Nadie debería decidirlo por la recomendación de un asesor comercial que cobra por el traslado.

Lo que todavía puede cambiar

El Congreso debe subsanar los nueve artículos que la Corte devolvió. Además, Colpensiones ha pedido públicamente aplazar la implementación hasta 2028 por razones operativas, y las demandas de fondo siguen pendientes de estudio.

Planear sobre una norma que aún puede moverse exige una regla simple: tomar hoy solo las decisiones que son buenas en cualquier escenario —verificar la historia laboral, cerrar la brecha con ahorro propio, diversificar— y aplazar las que dependen de cómo quede la ley.


¿Quiere saber de qué lado del umbral está? En el Diagnóstico 360° revisamos su historia laboral, calculamos su brecha pensional y le entregamos las decisiones priorizadas para su caso. Sin costo y sin compromiso de contratar nada.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo entra en vigencia la reforma pensional en Colombia?

El 1 de abril de 2027, según lo dispuesto por la Corte Constitucional en la sentencia C-264 de 2026. La fecha original era el 1 de julio de 2025, pero la ley estuvo suspendida desde junio de 2025.

¿Quién queda en el régimen de transición pensional?

Las mujeres que tengan 750 semanas cotizadas o más y los hombres con 900 semanas o más al momento de entrada en vigencia de la reforma. Estas personas continúan bajo las reglas actuales.

¿Qué es el umbral de 2,3 salarios mínimos?

Bajo el modelo nuevo, la cotización obligatoria se reparte: hasta 2,3 salarios mínimos va al componente de prima media administrado por Colpensiones, y lo que exceda ese monto va a un componente de ahorro individual en un fondo privado.

¿La reforma pensional es definitiva?

La Corte avaló su trámite, pero devolvió nueve artículos al Congreso para corregir y las demandas de fondo aún no se han estudiado. La estructura puede ajustarse antes de abril de 2027.

¿Debo trasladarme de régimen antes de la reforma?

Es la decisión más costosa de equivocar y en muchos casos no tiene reversa. Depende de la edad, las semanas cotizadas, el nivel de ingreso y el historial. No debería tomarse sin un análisis técnico de su caso concreto.

Agende su Diagnóstico 360°

Una sesión sin costo para revisar su situación y salir con decisiones priorizadas.

Quiero mi diagnóstico